De la eficiencia al control en los procesos de Adquisiciones y contrataciones estatales
En tiempo a esta parte se ha venido discutiendo públicamente sobre la pertinencia, necesidad y oportunidad de modificar el sistema de contratación, en vista que el actual no garantizaría un adecuado control sobre las contrataciones y adquisiciones, y en buena cuenta la eficiencia del sistema logístico no es el adecuado para un Estado que pretende una reforma aun en ciernes.
Parafraseando una máxima del derecho, el tratamiento igualitario de situaciones distintas atenta contra la igualdad. Bajo mi punto de vista esto sustenta el enfoque errado en materia de las contrataciones y adquisiciones estatales. ¿Qué distingue a los distintos procesos de selección?: básicamente la forma de obtención del valor referencial (en la etapa de elaboración del expediente) y los plazos y etapas del proceso de selección en sí. En cuanto al valor referencial, las Licitaciones y Concursos Públicos requieren de un estudio de mercado previo, mientras que en procesos de selección con menores formalidades solo se necesita de meras indagaciones en el mercado.
En el caso de los plazos y etapas de las Licitaciones y Concursos Públicos, a diferencia de los otros procesos de selección, se otorga a los postores (que en su inmensa mayoría no entran en el rubro de ser pequeñas o micro empresas) más tiempo y oportunidades de presentar consultas y observaciones a las Bases de ambos tipos de procedimientos. En ambos casos se asume que los procedimientos administrativos que son los procesos de selección deben confiar en lo que los agentes del mercado puedan informar, observar y proponer, aunque como dijera Douglass North –Premio Novel de Economía de 1993, no toda cooperación humana concluye indubitablemente en la obtención del éxito económico (en este caso la ganancia de la Entidad de los bienes o servicios a un costo razonable y la ganancia de las empresas en tanto la venta sea rentable).
Por esto debe entenderse que no es lo mismo una Licitación Pública por medio millón de nuevos soles a una Licitación Pública de veinte millones, y no se puede ser ingenuo en asumir que las empresas que constituyen el mercado actuarán indistintamente en ambos casos, o ¿acaso no podemos imaginar que en algunos casos existan actuaciones tácitas en el mercado cuando el Estado sale a comprar sumas considerables?, bastará que en el 1% las Licitaciones se den situaciones irregulares para generar desconfianza pública y temor en la actuación de los empleados públicos, al tiempo de mostrarse las ineficiencias del mercado.
Lo que hemos visto en las noticias en las últimas semanas es una vorágine de problemas en las Licitaciones de los Ministerios, pero jurídicamente los problemas que observamos no son otra cosa que el resultado del conflicto (o falta de coordinación adecuada) entre la eficiencia y el control estatal, mientras que otro factor de análisis es la regulación que asume en algunos aspectos que el mercado solucionará el problema.
Creemos que la reforma del Estado debe saber combinar la eficiencia y el control estatal en particular en materia de compras estatales puesto que hablamos de fondos públicos. La ministra Mazzetti dijo algo muy cierto, la Licitación Pública de adquisición de patrulleros cumplió con todas formalidades y ninguno de los postores observó las Bases. Si una empresa competidora hubiera querido ganar en la Licitación de patrulleros hubiera observado las especificaciones técnicas y el valor referencial, ¿por qué no lo hicieron?, quizá se deba una falla en el mercado o alguna situación que podría explicar mejor North. En razón a las deficiencias de la actuación estatal con certeza en adelante los funcionarios públicos tendrán mucho mas cuidado en aprobar expedientes de contratación sin antes revisar exhaustivamente el valor referencial y las especificaciones técnicas, pero no bastará la buena fe de los funcionarios cuando imperfecciones como la falta de competencia o los acuerdos tácitos nos impidan ver las deficiencias del mercado.
De otro lado, por ejemplo carece de sentido que el mismo procedimiento largo y complejo deba ser cumplido para adquirir bienes de relevancia sobre derechos fundamentales como la vida o la salud; nadie dice que no se efectúe un proceso de selección, pero sería razonable que las compras de medicamentos no programables, que no alcanzan cuantías elevadas y que significan la diferencia entre la vida y la muerte de un paciente deben obtenerse mediante acciones inmediatas. Los pacientes no deben ser víctimas del letargo administrativo ni de las controversias entre proveedores.
Nadie dice que la Reforma del Estado sea tarea fácil, pero lo que hay que comenzar a concretar son criterios y metas. Así, la reforma en la contratación estatal debe velar por un control más exhaustivo y preventivo en Licitaciones de alto calibre económico al mismo tiempo agilizar procedimientos en otras adquisiciones de naturaleza fundamental, de forma que se pueda agilizar las compras de medicinas (que hacen en muchos casos la diferencia entre la vida y la muerte) y no se les dé el mismo tratamiento que a las compras de computadoras o papel.
Fuente: Adquisiciones y contrataciones estatales: entre la eficiencia y el control autor Dr Hildebrando Castro Pozo. Poder Ciudadano 95. Semana del 1 de Setiembre al 7 de Setiembre 2008. Coordinador MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE.
Parafraseando una máxima del derecho, el tratamiento igualitario de situaciones distintas atenta contra la igualdad. Bajo mi punto de vista esto sustenta el enfoque errado en materia de las contrataciones y adquisiciones estatales. ¿Qué distingue a los distintos procesos de selección?: básicamente la forma de obtención del valor referencial (en la etapa de elaboración del expediente) y los plazos y etapas del proceso de selección en sí. En cuanto al valor referencial, las Licitaciones y Concursos Públicos requieren de un estudio de mercado previo, mientras que en procesos de selección con menores formalidades solo se necesita de meras indagaciones en el mercado.
En el caso de los plazos y etapas de las Licitaciones y Concursos Públicos, a diferencia de los otros procesos de selección, se otorga a los postores (que en su inmensa mayoría no entran en el rubro de ser pequeñas o micro empresas) más tiempo y oportunidades de presentar consultas y observaciones a las Bases de ambos tipos de procedimientos. En ambos casos se asume que los procedimientos administrativos que son los procesos de selección deben confiar en lo que los agentes del mercado puedan informar, observar y proponer, aunque como dijera Douglass North –Premio Novel de Economía de 1993, no toda cooperación humana concluye indubitablemente en la obtención del éxito económico (en este caso la ganancia de la Entidad de los bienes o servicios a un costo razonable y la ganancia de las empresas en tanto la venta sea rentable).
Por esto debe entenderse que no es lo mismo una Licitación Pública por medio millón de nuevos soles a una Licitación Pública de veinte millones, y no se puede ser ingenuo en asumir que las empresas que constituyen el mercado actuarán indistintamente en ambos casos, o ¿acaso no podemos imaginar que en algunos casos existan actuaciones tácitas en el mercado cuando el Estado sale a comprar sumas considerables?, bastará que en el 1% las Licitaciones se den situaciones irregulares para generar desconfianza pública y temor en la actuación de los empleados públicos, al tiempo de mostrarse las ineficiencias del mercado.
Lo que hemos visto en las noticias en las últimas semanas es una vorágine de problemas en las Licitaciones de los Ministerios, pero jurídicamente los problemas que observamos no son otra cosa que el resultado del conflicto (o falta de coordinación adecuada) entre la eficiencia y el control estatal, mientras que otro factor de análisis es la regulación que asume en algunos aspectos que el mercado solucionará el problema.
Creemos que la reforma del Estado debe saber combinar la eficiencia y el control estatal en particular en materia de compras estatales puesto que hablamos de fondos públicos. La ministra Mazzetti dijo algo muy cierto, la Licitación Pública de adquisición de patrulleros cumplió con todas formalidades y ninguno de los postores observó las Bases. Si una empresa competidora hubiera querido ganar en la Licitación de patrulleros hubiera observado las especificaciones técnicas y el valor referencial, ¿por qué no lo hicieron?, quizá se deba una falla en el mercado o alguna situación que podría explicar mejor North. En razón a las deficiencias de la actuación estatal con certeza en adelante los funcionarios públicos tendrán mucho mas cuidado en aprobar expedientes de contratación sin antes revisar exhaustivamente el valor referencial y las especificaciones técnicas, pero no bastará la buena fe de los funcionarios cuando imperfecciones como la falta de competencia o los acuerdos tácitos nos impidan ver las deficiencias del mercado.
De otro lado, por ejemplo carece de sentido que el mismo procedimiento largo y complejo deba ser cumplido para adquirir bienes de relevancia sobre derechos fundamentales como la vida o la salud; nadie dice que no se efectúe un proceso de selección, pero sería razonable que las compras de medicamentos no programables, que no alcanzan cuantías elevadas y que significan la diferencia entre la vida y la muerte de un paciente deben obtenerse mediante acciones inmediatas. Los pacientes no deben ser víctimas del letargo administrativo ni de las controversias entre proveedores.
Nadie dice que la Reforma del Estado sea tarea fácil, pero lo que hay que comenzar a concretar son criterios y metas. Así, la reforma en la contratación estatal debe velar por un control más exhaustivo y preventivo en Licitaciones de alto calibre económico al mismo tiempo agilizar procedimientos en otras adquisiciones de naturaleza fundamental, de forma que se pueda agilizar las compras de medicinas (que hacen en muchos casos la diferencia entre la vida y la muerte) y no se les dé el mismo tratamiento que a las compras de computadoras o papel.
Fuente: Adquisiciones y contrataciones estatales: entre la eficiencia y el control autor Dr Hildebrando Castro Pozo. Poder Ciudadano 95. Semana del 1 de Setiembre al 7 de Setiembre 2008. Coordinador MANUEL DAMMERT EGO AGUIRRE.
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