Violación del derecho al agua en Julcani (Huancavelica)
Los datos para el presente caso provienen de un informe elaborado por CONACAMI PERU, sobre la base de estudios de calidad de las aguas superficiales en la zona de influencia de la mina Julcani, y testimonios de pobladores de las comunidades más afectadas por dicha mina.
La mina Julcani, propiedad de Compañía de Minas Buenaventura S.A. (CMB), se localiza en el distrito de Ccochaccasa, provincia de Angaraes, región Huancavelica, a una altura promedio de 4,200 metros, en la cabecera de varias micro cuencas (las más importantes son Churampi - Ucañán, Palcas, Pongoshuayjo), afluentes del río Opamayo-Lircay. Consta de tres sectores: Julcani, Herminia y Mimosa. El depósito minero es polimetálico, es decir contiene diferentes tipos de minerales: plata, oro, plomo, cobre, bismuto, entre otros. Los escombros y relaves producidos durante más de medio siglo de explotación minera han sido depositados en decenas de escombreras y 9 canchas de relaves.
Las aguas ácidas producidas por las actividades de explotación y extracción minera, y las que resultan del Drenaje Ácido de Mina, son tratadas en la planta de tratamiento ubicada en Acchilla, y hasta hace poco en la planta de Gandolini (ahora cerrada) en la quebrada Palcas. Las aguas provenientes de las instalaciones mineras en el sector Julcani, bajan por la quebrada Palcas y pasan por 4 pozas de sedimentación a orillas del río Opamayo en el Fundo Palcas, antes de ser descargadas al mismo río. La única cancha de relaves que sigue en operación es la nº 9, ubicada en Acchilla.
La población total estimada de la provincia Angaraes es de 46,111 habitantes, en su mayoría quechua hablantes y viviendo en zonas rurales (74%). Anchonga, uno de los distritos más afectados por Julcani, tiene una población de casi 6,000; Ccochaccasa, el distrito en cuyo territorio se ubican las instalaciones mineras, de 4,400. La capital provincial, Lircay, en el año 1993 tenía una población de 4,654.
Acceso de las comunidades al agua
Cerca a las instalaciones mineras, aguas abajo, se encuentran varias comunidades campesinas, cuyas principales actividades económicas son la ganadería (en las partes altas) y la agricultura (en las partes bajas).
Las comunidades de la zona de influencia de Julcani tienen como fuentes de agua los ríos y quebradas, así como puquiales y manantiales. Señalan que en décadas anteriores, las aguas superficiales eran cristalinas y se usaban para fines domésticos, riego, consumo de animales y otros. Sin embargo, los comuneros denuncian que desde la llegada de la mina, la calidad de las aguas ha deteriorado de manera significante, razón por la cual algunas comunidades dependen para su abastecimiento casi exclusivamente de aguas de puquiales y manantiales cercanos. En algunas zonas sin embargo, y sobre todo en épocas de sequía cuando los puquiales se secan, no hay otras fuentes de agua que los ríos y las quebradas para riego, consumo de animales y hasta para consumo humano. Últimamente esa situación se está agravando, debido a los cambios climáticos y el crecimiento de la población.
Según testimonios de las comunidades, la derivación de aguas subterráneas por las operaciones mineras también ha causado la desaparición de puquiales, bofedales y otras fuentes de agua. El uso de las aguas para actividades mineras y para el consumo de los trabajadores ha disminuido las fuentes de agua disponibles para las comunidades aledañas a la mina. Así por ejemplo, pobladores de Canchapata-Constancia y de Palcas denuncian el uso por la mina de las aguas de la laguna Rurio desde hace dos décadas, sin consultar a las comunidades afectadas, que han visto disminuir sus fuentes de agua y la productividad de sus pastizales.
La capital provincial, Lircay, no cuenta con un sistema adecuado de agua potable, pues el agua para consumo humano se trae por tubería desde un puquial y solo es disponible en determinados momentos del día.
La mina Julcani, propiedad de Compañía de Minas Buenaventura S.A. (CMB), se localiza en el distrito de Ccochaccasa, provincia de Angaraes, región Huancavelica, a una altura promedio de 4,200 metros, en la cabecera de varias micro cuencas (las más importantes son Churampi - Ucañán, Palcas, Pongoshuayjo), afluentes del río Opamayo-Lircay. Consta de tres sectores: Julcani, Herminia y Mimosa. El depósito minero es polimetálico, es decir contiene diferentes tipos de minerales: plata, oro, plomo, cobre, bismuto, entre otros. Los escombros y relaves producidos durante más de medio siglo de explotación minera han sido depositados en decenas de escombreras y 9 canchas de relaves.
Las aguas ácidas producidas por las actividades de explotación y extracción minera, y las que resultan del Drenaje Ácido de Mina, son tratadas en la planta de tratamiento ubicada en Acchilla, y hasta hace poco en la planta de Gandolini (ahora cerrada) en la quebrada Palcas. Las aguas provenientes de las instalaciones mineras en el sector Julcani, bajan por la quebrada Palcas y pasan por 4 pozas de sedimentación a orillas del río Opamayo en el Fundo Palcas, antes de ser descargadas al mismo río. La única cancha de relaves que sigue en operación es la nº 9, ubicada en Acchilla.
La población total estimada de la provincia Angaraes es de 46,111 habitantes, en su mayoría quechua hablantes y viviendo en zonas rurales (74%). Anchonga, uno de los distritos más afectados por Julcani, tiene una población de casi 6,000; Ccochaccasa, el distrito en cuyo territorio se ubican las instalaciones mineras, de 4,400. La capital provincial, Lircay, en el año 1993 tenía una población de 4,654.
Acceso de las comunidades al agua
Cerca a las instalaciones mineras, aguas abajo, se encuentran varias comunidades campesinas, cuyas principales actividades económicas son la ganadería (en las partes altas) y la agricultura (en las partes bajas).
Las comunidades de la zona de influencia de Julcani tienen como fuentes de agua los ríos y quebradas, así como puquiales y manantiales. Señalan que en décadas anteriores, las aguas superficiales eran cristalinas y se usaban para fines domésticos, riego, consumo de animales y otros. Sin embargo, los comuneros denuncian que desde la llegada de la mina, la calidad de las aguas ha deteriorado de manera significante, razón por la cual algunas comunidades dependen para su abastecimiento casi exclusivamente de aguas de puquiales y manantiales cercanos. En algunas zonas sin embargo, y sobre todo en épocas de sequía cuando los puquiales se secan, no hay otras fuentes de agua que los ríos y las quebradas para riego, consumo de animales y hasta para consumo humano. Últimamente esa situación se está agravando, debido a los cambios climáticos y el crecimiento de la población.
Según testimonios de las comunidades, la derivación de aguas subterráneas por las operaciones mineras también ha causado la desaparición de puquiales, bofedales y otras fuentes de agua. El uso de las aguas para actividades mineras y para el consumo de los trabajadores ha disminuido las fuentes de agua disponibles para las comunidades aledañas a la mina. Así por ejemplo, pobladores de Canchapata-Constancia y de Palcas denuncian el uso por la mina de las aguas de la laguna Rurio desde hace dos décadas, sin consultar a las comunidades afectadas, que han visto disminuir sus fuentes de agua y la productividad de sus pastizales.
La capital provincial, Lircay, no cuenta con un sistema adecuado de agua potable, pues el agua para consumo humano se trae por tubería desde un puquial y solo es disponible en determinados momentos del día.
Contaminación de los recursos hídricos por la minería
Las denuncias de las comunidades sobre contaminación fueron corroboradas por un análisis de la calidad de aguas efectuado por el laboratorio EQUAS S.A. en octubre del 2003. Los resultados revelan que 7 de las 14 muestras de agua tomadas en las micro cuencas y la cuenca principal del río Opamayo-Lircay, y la muestra de efluentes líquidos que se tomó en las pozas de sedimentación de Palcas, superan los niveles máximos permisibles (NMP) establecidos por la Ley General de Aguas y el Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica (R.M. Nº 011-96/EM/VMM). Las zonas de mayor riesgo son:
· Aguas debajo del sector Mimosa y de la cancha de relaves Nº 9, en las cercanías de la comunidad de Tablapampa (entre otros anexos) en el río Churampi que discurre por la Quebrada San Pedro, se han encontrado valores de Hierro (Fe) que superan hasta 25 veces los niveles máximos permisibles (NMP) para riego y consumo de animales (Clase III Ley de Aguas). También están superando los NMP de Plomo. De igual manera, esas aguas son ácidas (pH 4,65) y contienen altos valores de sólidos totales disueltos. Son totalmente inadecuadas para el uso agrícola o para consumo por los animales, ni mucho menos para uso doméstico. Sin embargo, no se puede evitar que el ganado de las comunidades aledañas consuma esas aguas en épocas de sequía, resultando en la muerte de decenas de cabezas de ganado según los pobladores. En algunas zonas, se usan para riego, por falta de otras fuentes de agua. Aguas abajo se observan valores considerablemente más bajos, debido al proceso de dilución. El monitoreo de efluentes efectuado por la misma CMB detectó en el primer trimestre de 2003 un pH de 12,03 en los efluentes de la cancha de relaves Nº 9, valor por encima de los permitidos por la R.M. Nº 011-96/EM/VMM. Todos esos datos contradicen lo afirmado por el Plan de Cierre de Julcani, que el agua de los relaves de Acchilla es casi neutra y tiene bajas concentraciones de Plomo (Pb), Arsénico (As) y Zinc (Zn), así como sólidos totales disueltos (STS) relativamente bajos.
· Los efluentes de las pozas de sedimentación de Palcas, presentan valores de STS, Fe, Zn y Cobre (Cu) muy por encima de los NMP establecidos por el Anexo II de la R.M. 011-96/EM/VMM. A partir del punto de descarga en el río Opamayo, éste presenta valores de Fe que superan los NMP para agua de riego y consumo animal, establecidos por la Ley General de Aguas (Clase III). Pobladores de Lircay comentan que periódicamente – cada 2 o 3 semanas - las aguas del río Opamayo-Lircay se observan con una coloración intensamente ocre, lo cual puede guardar estrecha relación con el vertimiento periódico desde las pozas de sedimentación. En el momento del muestreo, las aguas del río no presentaban ese aspecto.
Violaciones al derecho al agua verificadas
La contaminación de los recursos hídricos que son fuente de abastecimiento de las comunidades, acreditada mediante informes técnicos, y la pasividad del Estado frente a ella, constituye una violación del derecho al agua de las comunidades de la zona de influencia de Julcani, limitando su acceso a suficiente agua segura y de calidad aceptable.
De igual manera, la contaminación está afectando los escasos medios de producción de las comunidades, que constituyen su único sustento de vida. Así es que se han recogido testimonios sobre los graves impactos en tierras de cultivo regadas con agua contaminada de ríos y quebradas. En tal sentido, también se está comprometiendo el derecho a la alimentación de las comunidades.
Responsabilidad de la empresa y del Estado
Actualmente, la mina se encuentra en proceso de cierre. Las primeras actividades de cierre de Julcani fueron incorporadas en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de Julcani, aprobado el 20 de Marzo de 1997. Su ejecución fue aprobada en Noviembre de 2002. Una vez que se apruebe la ejecución del PAMA, los efluentes líquidos vertidos por la mina no pueden superar los niveles máximos permisibles (NMP) establecidos en la legislación ambiental y minera.
La autoridad competente para aprobar, fiscalizar y controlar las obligaciones asumidas en el Plan de Cierre, es el Ministerio de Energía y Minas. En el año 2000, aprobó el plan de cierre presentado por Buenaventura, con un cronograma que concluiría a finales del 2003.
Sin embargo, a inicios del 2004, importantes actividades de cierre todavía no habían iniciado, mientras que en otras se detectaban fallos técnicos.
Según el Art.5 del Reglamento para la protección ambiental en las actividades minero metalúrgicas (D.S. Nº 016-93-EM), «el titular de la actividad minero - metalúrgica es responsable por las emisiones, vertimientos y disposición de desechos al medio ambiente que se produzcan como resultado de los procesos efectuados en sus instalaciones. A este efecto es su obligación evitar e impedir que aquellos elementos y/o sustancias que por sus concentraciones y/o prolongada permanencia puedan tener efectos adversos en el medio ambiente, sobrepasen los niveles máximos permisibles establecidos».
El MEM es la autoridad competente en materia ambiental del sector minero metalúrgico.
Las denuncias de las comunidades sobre contaminación fueron corroboradas por un análisis de la calidad de aguas efectuado por el laboratorio EQUAS S.A. en octubre del 2003. Los resultados revelan que 7 de las 14 muestras de agua tomadas en las micro cuencas y la cuenca principal del río Opamayo-Lircay, y la muestra de efluentes líquidos que se tomó en las pozas de sedimentación de Palcas, superan los niveles máximos permisibles (NMP) establecidos por la Ley General de Aguas y el Reglamento para la Protección Ambiental en la Actividad Minero-Metalúrgica (R.M. Nº 011-96/EM/VMM). Las zonas de mayor riesgo son:
· Aguas debajo del sector Mimosa y de la cancha de relaves Nº 9, en las cercanías de la comunidad de Tablapampa (entre otros anexos) en el río Churampi que discurre por la Quebrada San Pedro, se han encontrado valores de Hierro (Fe) que superan hasta 25 veces los niveles máximos permisibles (NMP) para riego y consumo de animales (Clase III Ley de Aguas). También están superando los NMP de Plomo. De igual manera, esas aguas son ácidas (pH 4,65) y contienen altos valores de sólidos totales disueltos. Son totalmente inadecuadas para el uso agrícola o para consumo por los animales, ni mucho menos para uso doméstico. Sin embargo, no se puede evitar que el ganado de las comunidades aledañas consuma esas aguas en épocas de sequía, resultando en la muerte de decenas de cabezas de ganado según los pobladores. En algunas zonas, se usan para riego, por falta de otras fuentes de agua. Aguas abajo se observan valores considerablemente más bajos, debido al proceso de dilución. El monitoreo de efluentes efectuado por la misma CMB detectó en el primer trimestre de 2003 un pH de 12,03 en los efluentes de la cancha de relaves Nº 9, valor por encima de los permitidos por la R.M. Nº 011-96/EM/VMM. Todos esos datos contradicen lo afirmado por el Plan de Cierre de Julcani, que el agua de los relaves de Acchilla es casi neutra y tiene bajas concentraciones de Plomo (Pb), Arsénico (As) y Zinc (Zn), así como sólidos totales disueltos (STS) relativamente bajos.
· Los efluentes de las pozas de sedimentación de Palcas, presentan valores de STS, Fe, Zn y Cobre (Cu) muy por encima de los NMP establecidos por el Anexo II de la R.M. 011-96/EM/VMM. A partir del punto de descarga en el río Opamayo, éste presenta valores de Fe que superan los NMP para agua de riego y consumo animal, establecidos por la Ley General de Aguas (Clase III). Pobladores de Lircay comentan que periódicamente – cada 2 o 3 semanas - las aguas del río Opamayo-Lircay se observan con una coloración intensamente ocre, lo cual puede guardar estrecha relación con el vertimiento periódico desde las pozas de sedimentación. En el momento del muestreo, las aguas del río no presentaban ese aspecto.
Violaciones al derecho al agua verificadas
La contaminación de los recursos hídricos que son fuente de abastecimiento de las comunidades, acreditada mediante informes técnicos, y la pasividad del Estado frente a ella, constituye una violación del derecho al agua de las comunidades de la zona de influencia de Julcani, limitando su acceso a suficiente agua segura y de calidad aceptable.
De igual manera, la contaminación está afectando los escasos medios de producción de las comunidades, que constituyen su único sustento de vida. Así es que se han recogido testimonios sobre los graves impactos en tierras de cultivo regadas con agua contaminada de ríos y quebradas. En tal sentido, también se está comprometiendo el derecho a la alimentación de las comunidades.
Responsabilidad de la empresa y del Estado
Actualmente, la mina se encuentra en proceso de cierre. Las primeras actividades de cierre de Julcani fueron incorporadas en el Programa de Adecuación y Manejo Ambiental (PAMA) de Julcani, aprobado el 20 de Marzo de 1997. Su ejecución fue aprobada en Noviembre de 2002. Una vez que se apruebe la ejecución del PAMA, los efluentes líquidos vertidos por la mina no pueden superar los niveles máximos permisibles (NMP) establecidos en la legislación ambiental y minera.
La autoridad competente para aprobar, fiscalizar y controlar las obligaciones asumidas en el Plan de Cierre, es el Ministerio de Energía y Minas. En el año 2000, aprobó el plan de cierre presentado por Buenaventura, con un cronograma que concluiría a finales del 2003.
Sin embargo, a inicios del 2004, importantes actividades de cierre todavía no habían iniciado, mientras que en otras se detectaban fallos técnicos.
Según el Art.5 del Reglamento para la protección ambiental en las actividades minero metalúrgicas (D.S. Nº 016-93-EM), «el titular de la actividad minero - metalúrgica es responsable por las emisiones, vertimientos y disposición de desechos al medio ambiente que se produzcan como resultado de los procesos efectuados en sus instalaciones. A este efecto es su obligación evitar e impedir que aquellos elementos y/o sustancias que por sus concentraciones y/o prolongada permanencia puedan tener efectos adversos en el medio ambiente, sobrepasen los niveles máximos permisibles establecidos».
El MEM es la autoridad competente en materia ambiental del sector minero metalúrgico.
Es el único ente gubernamental encargado de (...) «fiscalizar el efecto ambiental producido por la actividades minero - metalúrgicas en los centros operativos y áreas de influencia, determinando la responsabilidad del titular, en caso de producirse una violación a las disposiciones de este Reglamento e imponiendo las sanciones previstas en él» (art. 4.4 del DS Nº 016-93-EM).
El Estado no está asumiendo su deber de hacer cumplir las normas ambientales, en particular los niveles máximos permisibles. Éstos además son diseñados a medida de las empresas mineras, no desde una perspectiva de protección de intereses de las comunidades.
El Estado no está asumiendo su deber de hacer cumplir las normas ambientales, en particular los niveles máximos permisibles. Éstos además son diseñados a medida de las empresas mineras, no desde una perspectiva de protección de intereses de las comunidades.
Fuente: DESAFÍOS DEL DERECHO HUMANO AL AGUA EN EL PERÚ autores Dr. Francisco Ercilio Moura, Arqta. Sonia Rodriguez Chávez, Ing. William Cabel Noblecilla, Dr. Iván Ortiz Sánchez, Ec. Paul Noriega Torero, Dra. María Tejada Gamarra.
El presente estudio ha sido elaborado a solicitud de la Plataforma Peruana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PPDHDD), por un equipo de profesionales pertenecientes a las instituciones: Centro de Investigación y Educación Popular - ALTERNATIVA y Centro de Asesoría Laboral del Perú - CEDAL. LIMA - SETIEMBRE 2005
El presente estudio ha sido elaborado a solicitud de la Plataforma Peruana de Derechos Humanos, Democracia y Desarrollo (PPDHDD), por un equipo de profesionales pertenecientes a las instituciones: Centro de Investigación y Educación Popular - ALTERNATIVA y Centro de Asesoría Laboral del Perú - CEDAL. LIMA - SETIEMBRE 2005
2 comentarios:
Creo es necesario ver la fuente de la informacion sesgada que se muestra en el mediocre ensayo. Es necesario convivir en el lugar para ver los trabajos que se realizan y no bastan visitas que presentan o muestran eventos evaporativos, ademas de mencionar fuentes de años pasados y nada actuales para la fecha de publicacion.
Atentamente.
JG
SEÑOR:
SEÑORES DE LA PRENSA ESPERO NUESTRA QUEJA SEA ESCUCHADO Y SEA DE JUSTICIA.
Saludamos a su persona toda la comunidad de Anchonga ;
Me comunico a su persona ya que tenemos problemas de pagos y trabajos de Medio Ambiente efectuada por la empresa PAZ HERMOZA INGENIEROS SAC; en nuestra comunidad de Anchonga es como sigue:
1.- Problemas de pago con los comuneros analfabetos;
que los comuneros exigen sus pagos que no se les pago; estos problemas se sucitaron durante los trabajos de Medio Ambiente, recien nos contactamos con los demas comuneros vecinos tambien fueron victimas de la Empresa, como en Huachocolpa-Recuperada asi tal ves tambien sigue con los abusos EN OTRAS ZONAS DEL PERU.
2.- Trabajos del PLAN DE CIERRE QUE EFECTUO LA EMPRESA CIA. BUENAVENTURA S.A.A.que no hicieron como dice el estudio; y malos trabajos que dejaron la empresa.
Por lo tanto:
Estremos SER ESCUCHADAS POR LAS autoridades de nuestra Zona tanto ministerio de trabajo y ministerio del Medioa ambiente para su revision de trabajos efectuados y abuso que se causo en nuestra comunidad.
Comunicamos asu persona para que se entere que clase de empresa tiene asu lado, tenemos pruebas para mostralo.
Me despido y me disculpo por su tiempo esperando que seA DE JUSTICIA.
Teodoro.
Comunero de Anchonga
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